Cesión de derechos a productoras

Hoy vengo con una patata caliente. Como sabéis, yo no soy abogado. Tengo uno, pero no lo soy. Después de aclarar esto quiero seguir con una entrada en la que hablo de los contratos de cesión de derechos a productoras. Varios a los que he tenido acceso se parecen, así que os guiaré un poco por los puntos en común para que desconfiéis si algo os suena a chino y paséis por un abogado de propiedad intelectual.

El contrato de cesión que yo he firmado es bastante leonino, todo hay que decirlo. No tiene huecos por los que salir si lo necesito en algún momento. Esto es lo normal en la industria española, los productores quieren asegurarse de que cuando hayan invertido un dineral no venga cualquiera a robarles los derechos por una argucia legal.

No voy a quejarme, el contrato asegura a la productora su inversión y yo tenía suficiente prisa como para no pararme a oler las flores. Estoy contento con la productora y no me han dado razones para tener miedo por ahora. 


Esto es un contrato tipo. No es el mío, no es el de ningún compañero. Lo he redactado yo mirando varios contratos que tenía a mano. 

Todos los contratos de este tipo empiezan igual: presentando al autor y a la productora. Se dan los datos para que haya constancia de las dos partes. 

Luego viene lo que hace el contrato, que es que tu cedes los derechos sobre tu guión a alguien. Esto difiere un poco entre contratos, algunos de estos puntos van en otras partes o simplemente no existen. Siempre tiene que ver con el título de la obra, que el autor cede a la productora y que se reconocen en derecho para firmar este contrato. 

Después, las cláusulas. La letra pequeña en cualquier contrato de telefonía. Aquí es donde se especifica de todo, desde los ámbitos para los que cedes los derechos, la duración del contrato hasta tu pago (que he visto ir desde 1 simbólico Euro hasta cifras de cuatro número).

Aquí es donde se puede poner complicado. Normalmente como veis, los contratos son casi hasta la muerte y les da derecho a revenderlo a un cártel de la droga si les hace ilusión. Lo siento por esto chicos, no creo que haya una productora que quiera avalaros que os permita conservar alguno de los derechos sobre vuestra obra más que el de autor original. 

Por eso los cortometrajistas se hacen sus propias productoras. Básicamente se ceden los derechos a sí mismos, asegurándose de mantener todo el control de su guión y su cortometraje posterior. Mi recomendación es que incluyáis clausulas para protegeros un poco. Una que diga que vosotros lo vais a dirigir. Otra que fije un poco los plazos: fecha máxima de inicio de rodaje, fecha de fin, etc. Otra que les obligue a contar con vuestro visto bueno para el presupuesto (esto es difícil, pero pedirlo nunca esta de más), para que no quieran hacer algo rápido y corriendo. 

No quiero meteros miedo en el cuerpo. El mundo esta lleno de gente mala, pero no son mayoría. Tened cuidado con la gente demasiado grande, construiros un firewall en forma de productora propia si una super Mayor americana esta interesada en vuestro proyecto. Por el resto de mortales, simplemente aseguraros de que les apasione vuestro proyecto, que es lo principal. 

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